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Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 7 de mayo de 2020
Todos conocemos cuales son los deberes de una comunidad de propietarios frente a una compañía de luz: pagar puntualmente la factura, no manipular sin autorización los medidores de consumo, respetar las cláusulas del contrato y más. Pero, ¿cuáles son los derechos que tiene una comunidad de propietarios cuando se contrata la luz? ¡Vamos a descubrirlos juntos! Además de responsabilidades, todas las comunidades de propietarios tienen derechos al contratar la luz . Asimismo, estos derechos también impiden las empresas modificar el precio de la instalación de calefacción con gas natural de manera arbitraria. Pero como además de estos dos que hemos mencionado a forma de introducción, quedan otros derechos por conocer, lo mejor es que los evaluamos con mayor detalle en los siguientes apartados. Derechos que tiene una comunidad de propietarios al contratar la luz para el edificio Cuando una comunidad de propietarios decide contratar la luz con Endesa, Holaluz, Podo o cualquier compañía, no solamente adquiere responsabilidades, sino también derechos. En este sentido, los derechos más comunes -aunque no los únicos- se pueden resumir en la siguiente lista: ● Los propietarios tienen derecho a escoger libremente la tarifa de luz que desean contratar sin mayor restricción que la potencia contratada en el hogar y sus posibilidades de pago de la tarifa. ● Solamente los titulares del contrato están autorizados a modificar la tarifa contratada o la cantidad de potencia de la cual se dispone en el hogar. ● Los propietarios pueden exigir una rectificación del precio final de la factura en caso de que la misma muestre un monto diferente al arrojado por los medidores de luz. Si quieres más información sobre las tarifas de Repsol, Endesa y el resto de comercializadoras puedes consultar aquí: http://pueblosocial.es/contratar-luz/endesa/. Cuál es el precio de la instalación de calefacción con gas natural En España, la gran mayoría de sistemas de calefacción funcionan a través del gas natural. Por tanto, para hacer uso de este servicio, lo primero que tendremos que hacer será dar de alta la energía gasífera en el hogar. En este sentido, uno de los derechos más representativos de la comunidad de propietario frente a las compañías energéticas es aquel referido al respeto irrestricto de las tarifas de servicios que se encuentren reguladas por el Estado. Por tanto, al momento de activar el suministro, el precio de la instalación de calefacción con gas natural siempre tendrá que ser el mismo sin importar la compañía distribuidora que opere en nuestra región o el lugar del territorio en el cual nos encontremos al momento de pedir el alta del servicio. Otros derechos que pueden hacer valer las comunidades de propietarios frente a las compañías de luz Además de los derechos mencionados anteriormente, las comunidades de propietarios también pueden exigir a las compañías de luz que cumplan a cabalidad los plazos acordados para cada uno de los servicios. Al respecto, en caso de que la compañía exceda el tiempo fijado por el Estado para dar de alta la luz o realizar el cambio de titular del contrato, los clientes podrán exigir una indemnización económica a las empresas en las próximas facturas. Fuente: papernest
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 4 de febrero de 2020
Descubre cuál es la importancia de obtener una buena certificación energética en tu nuevo hogar para economizar desde el primer día.
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 24 de enero de 2020
Los grandes cambios previstos en el sistema de fijación de los peajes en la factura de la luz ya son oficiales, aunque no se aplicarán hasta dentro de unos meses. El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes la circular de la CNMC por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. Ello implicará un vuelco para el recibo eléctrico de los clientes domésticos, tanto para los que tienen la tarifa regulada como para los que están en el mercado libre. Entre las principales novedades, introduce por primera vez una fórmula para contratar varias potencias y trae cambios en las franjas horarias de las tarifas (habrá horas punta, llano y valle). La circular entra en vigor este sábado pero la metodología no se aplicará a los consumidores hasta el cálculo de los peajes del año que viene. Entretanto, seguirán en vigor los peajes de 2019, ya que el pasado mes de diciembre, el Gobierno decidió prorrogar para 2020 los peajes del año pasado, una prórroga que previsiblemente se prolongará todo el ejercicio. ¿A qué consumidores se aplicarán los cambios? La CNMC explica que a los consumidores que están PVPC (mercado regulado) automáticamente se les aplicarán los nuevos periodos de discriminación horaria en los precios de la electricidad (horas punta, llano o valle). Para quienes estén en precio libre, cada cliente tendrá que estudiar con detalle los productos que le ofrezca la compañía eléctrica. Consumo de electricidad de pequeños consumidores Uno de los grandes cambios está en las tarifas de acceso. Las seis tarifas actuales de los consumidores domésticos (2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHS) pasarán a una sola, la 2.0 TD. Es decir, a partir de ahora, los suministros conectados en redes de tensión no superior a 1 kV con potencia contratada inferior o igual a 15 kW (incluye la mayoría de clientes y prácticamente todos los hogares) tendrán el peaje 2.0 TD. Dependiendo de la hora a la que se consuma la electricidad habrá diferentes precios. Para el peaje 2.0 TD, se establecen tres periodos de discriminación horaria: periodo 1 (punta), periodo 2 (llano) y periodo 3 (valle). El más caro (hora punta) será por la mañana, entre 10.00 y las 14 horas y por la tarde noche entre las 18.00 y las 22.00 horas. El precio medio (hora llana) será por la mañana (de 8.00 a 10.00 horas) y por la tarde (de 14 horas a 18 horas) y por la noche de 22.00 a 24.00 horas. El más barato (hora valle) será entre las 0.00 horas y las 8.00 horas. En Ceuta o en Melilla, los periodos empiezan y terminan una hora más tarde, excepto en el caso del periodo llano en el tramo (23 horas a 24 horas). Además, se consideran periodo valle los sábados, los domingos, el 6 de enero y los días festivos de ámbito nacional, definidos como tales en el calendario oficial del año. Se excluyen tanto los festivos sustituibles como los que no tienen fecha fija. Contratar diferentes potencias Con el sistema actual, el cliente contrata una determinada potencia: 2.3 kW; 3.45 kW; 4.6 kW: 5.75 kW; 6.9 kW ; 8.05 kW, etc. Cuando llegue la nueva factura, el consumidor podrá contratar distintas potencias que se aplicarán a distintas horas del día. Por defecto se tendrá la que se utiliza normalmente, explica la CNMC en su blog. Pero si, por ejemplo el cliente quiere cargar un coche eléctrico o necesita más potencia para algún uso, se podrá aumentar la potencia contratada entre 0.00 y 8.00 horas y en ese horario pagará mucho menos por ese término de potencia mayor. Por otra parte, para el término de potencia (precio que el usuario paga por esta potencia) se aplicará una discriminación horaria de dos periodos, punta y valle. El periodo punta del término de potencia es de 8 a 24 horas (agrupa los periodos punta y llano de la discriminación horaria de la energía). El periodo valle de la discriminación horaria de la potencia será de 0 a 8 horas (se corresponden con el periodo valle (P3) de la discriminación horaria de tres periodos). Exceso de potencia: ¿saltarán los plomos? Actualmente, los contadores inteligentes llevan incorporado un ICP (Interruptor de Control de Potencia), lo que supone que sí se interrumpirá el suministro si se sobrepasa la potencia contratada. Pero en el caso de que el cliente instale un maxímetro, para que no se interrumpa el suministro (por ejemplo, en las comunidades de propietarios para que no se pare el ascensor o una familia que tiene en casa un enfermo con respiración asistida) no se interrumpe y el cliente tendrá que vigilar la potencia que ha contratado. A partir de ahora, en el caso de que la potencia demandada sobrepase en cualquier periodo horario el 105% de la potencia contratada, esta energía se cobrará con un recargo. Los consumidores ¿pagarán más o menos en su factura? Dependerá de los consumidores. La CNMC señaló el pasado mes de diciembre, cuando envió al consejo de Estado la circular, que como consecuencia de la nueva metodología de retribución de al transporte y distribución, los peajes de los consumidores "se reducirán por término medio el 5,6% respecto al ejercicio 2019". No obstante, el organismo aseguró que el impacto será "diferente por colectivo de consumidores". Periodo transitorio Según recoge la norma, las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos "antes del 1 de noviembre de 2020". Por su parte, la CNMC adaptará los ficheros de intercambio de información entre distribuidores y comercializadores en el plazo de tres meses desde la publicación de La circular establece que el consumidor tendrá derecho a adaptar las potencias contratadas por periodo horario a los periodos definidos en la circular sin coste alguno, independientemente de si hubiera realizado un cambio de potencia en los doce meses anteriores. ¿Qué son los peajes eléctricos? Los peajes que pagan todos los consumidores recogen una serie de costes del sistema y representan una parte importante de la factura de la luz (aproximadamente la mitad). Además de los peajes, el resto de la factura eléctrica la constituyen los impuestos (alrededor del 20%) y la energía consumida (entre el 30% y el 40%). Los peajes recogen por un lado los costes de distribución y transporte del sistema. A ello se suman otros cargos (pagos relacionados con otros aspectos regulados del sistema), que hasta ahora se incluían como peajes pero que la UE ha obligado a diferenciar. La aplicación de la circular de peajes será efectiva cuando el Ministerio para la Transición Ecológica publique los nuevos cargos que se aplicarán en la factura, ya que ambos (distribución y cargos) se tienen que aplicar simultáneamente en sustitución de la tarifa de acceso actual. Fuente: CINCO DÍAS
Por Ofertas y Promociones 22 de enero de 2020
Te ofrecemos el más completo seguro para tu hogar al mejor precio con la compañía líder del sector. Consúltanos www.2gm.es/contacto
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 22 de enero de 2020
Compartir escalera con un vecino al que le gusta tocar un instrumento musical o con el típico manitas del hogar que se pone a taladrar paredes a cualquier hora del día es más habitual de lo que pudiera parecer. T ampoco resulta raro que en una vivienda del bloque organicen, frecuentemente, fiestas con amigos hasta altas horas de la madrugada. Y es que el ruido es uno de los principales focos de conflictos vecinales, sobre todo, en los bloques de pisos de las grandes ciudades. Con éste problema de convivencia lidian muchos día a día. En la mayoría de las ocasiones, los afectados por el ruido en la comunidad de vecinos no saben cómo actuar, pero la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es tajante respecto a este tema. En su artículo 7.2 expone: "A los propietarios u ocupantes del piso no les está permitido desarrollar actividades prohibidas en los estatutos que resulten dañosas para la finca". Junto a las normas de nivel estatal, cada municipio regula los problemas de contaminación acústica a través de sus propias ordenanzas.Los pasos a seguir para acabar con este problema, principalmente, son tres, según explican desde el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid). En primer lugar, hay que acudir al causante de las molestias e intentar solucionar el problema. Si la situación no mejora, hay que ponerlo en conocimiento del presidente de la comunidad para que medie en el conflicto. Y si, tras las amonestaciones, el problema persiste, los propietarios reunidos en junta podrán tomar medidas legales entablando una acción de cesación (obligar, a través de los tribunales, al causante de las molestias a acabar con su actitud).Tres franjas diarias en Madrid. Actualmente, la mayor parte de normativas municipales del ruido establecen, por lo general, un límite de 35 decibelios durante el horario diurno y de 30 en las horas de noche. Dicho en otras palabras, si se entienden sin dificultad las conversaciones del vecino o se oye su tele sin problemas es que está superando los máximos permitidos. Asimismo, si los ruidos provienen de un piso que está en alquiler, también se puede acudir al propietario de dicho inmueble, quien puede llegar incluso a rescindir el contrato con el/los inquilino/os. Las normativas municipales son concretas respecto a lo que el ruido se refiere. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid divide el día en tres franjas horarias. La primera corresponde con el periodo diurno y discurre desde las 07:00 hasta las 19:00 horas donde no está permitido sobrepasar los 55 decibelios en zonas de uso residencial. El mismo tope que se establece en el periodo de tarde, de las 19:00 a las 23:00 horas. El límite se reduce en 10 decibelios, hasta situarse en los 45 durante las horas nocturnas que se alargan desde las 23:00 hasta las 07:00 horas de lunes a viernes, ampliándose este franja hasta las 08:00 horas los domingos y festivos. De la misma manera, hay una serie de actividades que cuentan con unos horarios más restringidos como son las obras o mudanzas en el domicilio particular. En concreto, la normativa madrileña señala que de lunes a viernes solo se podrán llevar a cabo este tipo de actuaciones desde las 08:00 hasta las 21:00 horas. Y los sábados, domingos y festivos el tiempo se reduce desde las 09:30 hasta las 21:00 horas.Con la Nochevieja a la vista, esta fecha aparece señalada en el calendario para que se den este tipo de situaciones. Son muchas las familias y grupos de amigos que se reúnen en casa para celebrar el comienzo del año. Muchos piensan que esa noche los límites cambian, pero no es así. Según un informe elaborado por la empresa especializada en soluciones acústicas (Aistec), las normativas municipales de las principales ciudades españolas no recogen ninguna variación respecto a cualquier otra noche, exceptuando Sevilla donde se permiten las celebraciones en los días más señalados de Navidad, entre las 00:00 y las 04:00 horas. El problema del ruido puede modularse, que no eliminar, con un buen aislamiento acústico. Aunque tras la aprobación del Documento Básico de Protección Frente al Ruido en 2009, las viviendas de nueva construcción están obligadas a atender criterios acústicos, más de 80% de las casas españolas no cuenta con el aislamiento necesario, según un estudio realizado por la empresa de aislamientos Danosa. En el mismo informe, inciden que el problema de la contaminación acústica aparte de causar molestias sonoras es, también, perjudicial para la salud. La irritabilidad, el estrés, o las alteraciones del sueño son algunos de los efectos. Fuente: EL MUNDO
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Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 7 de mayo de 2020
Todos conocemos cuales son los deberes de una comunidad de propietarios frente a una compañía de luz: pagar puntualmente la factura, no manipular sin autorización los medidores de consumo, respetar las cláusulas del contrato y más. Pero, ¿cuáles son los derechos que tiene una comunidad de propietarios cuando se contrata la luz? ¡Vamos a descubrirlos juntos! Además de responsabilidades, todas las comunidades de propietarios tienen derechos al contratar la luz . Asimismo, estos derechos también impiden las empresas modificar el precio de la instalación de calefacción con gas natural de manera arbitraria. Pero como además de estos dos que hemos mencionado a forma de introducción, quedan otros derechos por conocer, lo mejor es que los evaluamos con mayor detalle en los siguientes apartados. Derechos que tiene una comunidad de propietarios al contratar la luz para el edificio Cuando una comunidad de propietarios decide contratar la luz con Endesa, Holaluz, Podo o cualquier compañía, no solamente adquiere responsabilidades, sino también derechos. En este sentido, los derechos más comunes -aunque no los únicos- se pueden resumir en la siguiente lista: ● Los propietarios tienen derecho a escoger libremente la tarifa de luz que desean contratar sin mayor restricción que la potencia contratada en el hogar y sus posibilidades de pago de la tarifa. ● Solamente los titulares del contrato están autorizados a modificar la tarifa contratada o la cantidad de potencia de la cual se dispone en el hogar. ● Los propietarios pueden exigir una rectificación del precio final de la factura en caso de que la misma muestre un monto diferente al arrojado por los medidores de luz. Si quieres más información sobre las tarifas de Repsol, Endesa y el resto de comercializadoras puedes consultar aquí: http://pueblosocial.es/contratar-luz/endesa/. Cuál es el precio de la instalación de calefacción con gas natural En España, la gran mayoría de sistemas de calefacción funcionan a través del gas natural. Por tanto, para hacer uso de este servicio, lo primero que tendremos que hacer será dar de alta la energía gasífera en el hogar. En este sentido, uno de los derechos más representativos de la comunidad de propietario frente a las compañías energéticas es aquel referido al respeto irrestricto de las tarifas de servicios que se encuentren reguladas por el Estado. Por tanto, al momento de activar el suministro, el precio de la instalación de calefacción con gas natural siempre tendrá que ser el mismo sin importar la compañía distribuidora que opere en nuestra región o el lugar del territorio en el cual nos encontremos al momento de pedir el alta del servicio. Otros derechos que pueden hacer valer las comunidades de propietarios frente a las compañías de luz Además de los derechos mencionados anteriormente, las comunidades de propietarios también pueden exigir a las compañías de luz que cumplan a cabalidad los plazos acordados para cada uno de los servicios. Al respecto, en caso de que la compañía exceda el tiempo fijado por el Estado para dar de alta la luz o realizar el cambio de titular del contrato, los clientes podrán exigir una indemnización económica a las empresas en las próximas facturas. Fuente: papernest
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 4 de febrero de 2020
Descubre cuál es la importancia de obtener una buena certificación energética en tu nuevo hogar para economizar desde el primer día.
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 24 de enero de 2020
Los grandes cambios previstos en el sistema de fijación de los peajes en la factura de la luz ya son oficiales, aunque no se aplicarán hasta dentro de unos meses. El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes la circular de la CNMC por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. Ello implicará un vuelco para el recibo eléctrico de los clientes domésticos, tanto para los que tienen la tarifa regulada como para los que están en el mercado libre. Entre las principales novedades, introduce por primera vez una fórmula para contratar varias potencias y trae cambios en las franjas horarias de las tarifas (habrá horas punta, llano y valle). La circular entra en vigor este sábado pero la metodología no se aplicará a los consumidores hasta el cálculo de los peajes del año que viene. Entretanto, seguirán en vigor los peajes de 2019, ya que el pasado mes de diciembre, el Gobierno decidió prorrogar para 2020 los peajes del año pasado, una prórroga que previsiblemente se prolongará todo el ejercicio. ¿A qué consumidores se aplicarán los cambios? La CNMC explica que a los consumidores que están PVPC (mercado regulado) automáticamente se les aplicarán los nuevos periodos de discriminación horaria en los precios de la electricidad (horas punta, llano o valle). Para quienes estén en precio libre, cada cliente tendrá que estudiar con detalle los productos que le ofrezca la compañía eléctrica. Consumo de electricidad de pequeños consumidores Uno de los grandes cambios está en las tarifas de acceso. Las seis tarifas actuales de los consumidores domésticos (2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHS) pasarán a una sola, la 2.0 TD. Es decir, a partir de ahora, los suministros conectados en redes de tensión no superior a 1 kV con potencia contratada inferior o igual a 15 kW (incluye la mayoría de clientes y prácticamente todos los hogares) tendrán el peaje 2.0 TD. Dependiendo de la hora a la que se consuma la electricidad habrá diferentes precios. Para el peaje 2.0 TD, se establecen tres periodos de discriminación horaria: periodo 1 (punta), periodo 2 (llano) y periodo 3 (valle). El más caro (hora punta) será por la mañana, entre 10.00 y las 14 horas y por la tarde noche entre las 18.00 y las 22.00 horas. El precio medio (hora llana) será por la mañana (de 8.00 a 10.00 horas) y por la tarde (de 14 horas a 18 horas) y por la noche de 22.00 a 24.00 horas. El más barato (hora valle) será entre las 0.00 horas y las 8.00 horas. En Ceuta o en Melilla, los periodos empiezan y terminan una hora más tarde, excepto en el caso del periodo llano en el tramo (23 horas a 24 horas). Además, se consideran periodo valle los sábados, los domingos, el 6 de enero y los días festivos de ámbito nacional, definidos como tales en el calendario oficial del año. Se excluyen tanto los festivos sustituibles como los que no tienen fecha fija. Contratar diferentes potencias Con el sistema actual, el cliente contrata una determinada potencia: 2.3 kW; 3.45 kW; 4.6 kW: 5.75 kW; 6.9 kW ; 8.05 kW, etc. Cuando llegue la nueva factura, el consumidor podrá contratar distintas potencias que se aplicarán a distintas horas del día. Por defecto se tendrá la que se utiliza normalmente, explica la CNMC en su blog. Pero si, por ejemplo el cliente quiere cargar un coche eléctrico o necesita más potencia para algún uso, se podrá aumentar la potencia contratada entre 0.00 y 8.00 horas y en ese horario pagará mucho menos por ese término de potencia mayor. Por otra parte, para el término de potencia (precio que el usuario paga por esta potencia) se aplicará una discriminación horaria de dos periodos, punta y valle. El periodo punta del término de potencia es de 8 a 24 horas (agrupa los periodos punta y llano de la discriminación horaria de la energía). El periodo valle de la discriminación horaria de la potencia será de 0 a 8 horas (se corresponden con el periodo valle (P3) de la discriminación horaria de tres periodos). Exceso de potencia: ¿saltarán los plomos? Actualmente, los contadores inteligentes llevan incorporado un ICP (Interruptor de Control de Potencia), lo que supone que sí se interrumpirá el suministro si se sobrepasa la potencia contratada. Pero en el caso de que el cliente instale un maxímetro, para que no se interrumpa el suministro (por ejemplo, en las comunidades de propietarios para que no se pare el ascensor o una familia que tiene en casa un enfermo con respiración asistida) no se interrumpe y el cliente tendrá que vigilar la potencia que ha contratado. A partir de ahora, en el caso de que la potencia demandada sobrepase en cualquier periodo horario el 105% de la potencia contratada, esta energía se cobrará con un recargo. Los consumidores ¿pagarán más o menos en su factura? Dependerá de los consumidores. La CNMC señaló el pasado mes de diciembre, cuando envió al consejo de Estado la circular, que como consecuencia de la nueva metodología de retribución de al transporte y distribución, los peajes de los consumidores "se reducirán por término medio el 5,6% respecto al ejercicio 2019". No obstante, el organismo aseguró que el impacto será "diferente por colectivo de consumidores". Periodo transitorio Según recoge la norma, las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos "antes del 1 de noviembre de 2020". Por su parte, la CNMC adaptará los ficheros de intercambio de información entre distribuidores y comercializadores en el plazo de tres meses desde la publicación de La circular establece que el consumidor tendrá derecho a adaptar las potencias contratadas por periodo horario a los periodos definidos en la circular sin coste alguno, independientemente de si hubiera realizado un cambio de potencia en los doce meses anteriores. ¿Qué son los peajes eléctricos? Los peajes que pagan todos los consumidores recogen una serie de costes del sistema y representan una parte importante de la factura de la luz (aproximadamente la mitad). Además de los peajes, el resto de la factura eléctrica la constituyen los impuestos (alrededor del 20%) y la energía consumida (entre el 30% y el 40%). Los peajes recogen por un lado los costes de distribución y transporte del sistema. A ello se suman otros cargos (pagos relacionados con otros aspectos regulados del sistema), que hasta ahora se incluían como peajes pero que la UE ha obligado a diferenciar. La aplicación de la circular de peajes será efectiva cuando el Ministerio para la Transición Ecológica publique los nuevos cargos que se aplicarán en la factura, ya que ambos (distribución y cargos) se tienen que aplicar simultáneamente en sustitución de la tarifa de acceso actual. Fuente: CINCO DÍAS
Por Ofertas y Promociones 22 de enero de 2020
Te ofrecemos el más completo seguro para tu hogar al mejor precio con la compañía líder del sector. Consúltanos www.2gm.es/contacto
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 22 de enero de 2020
Compartir escalera con un vecino al que le gusta tocar un instrumento musical o con el típico manitas del hogar que se pone a taladrar paredes a cualquier hora del día es más habitual de lo que pudiera parecer. T ampoco resulta raro que en una vivienda del bloque organicen, frecuentemente, fiestas con amigos hasta altas horas de la madrugada. Y es que el ruido es uno de los principales focos de conflictos vecinales, sobre todo, en los bloques de pisos de las grandes ciudades. Con éste problema de convivencia lidian muchos día a día. En la mayoría de las ocasiones, los afectados por el ruido en la comunidad de vecinos no saben cómo actuar, pero la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es tajante respecto a este tema. En su artículo 7.2 expone: "A los propietarios u ocupantes del piso no les está permitido desarrollar actividades prohibidas en los estatutos que resulten dañosas para la finca". Junto a las normas de nivel estatal, cada municipio regula los problemas de contaminación acústica a través de sus propias ordenanzas.Los pasos a seguir para acabar con este problema, principalmente, son tres, según explican desde el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid). En primer lugar, hay que acudir al causante de las molestias e intentar solucionar el problema. Si la situación no mejora, hay que ponerlo en conocimiento del presidente de la comunidad para que medie en el conflicto. Y si, tras las amonestaciones, el problema persiste, los propietarios reunidos en junta podrán tomar medidas legales entablando una acción de cesación (obligar, a través de los tribunales, al causante de las molestias a acabar con su actitud).Tres franjas diarias en Madrid. Actualmente, la mayor parte de normativas municipales del ruido establecen, por lo general, un límite de 35 decibelios durante el horario diurno y de 30 en las horas de noche. Dicho en otras palabras, si se entienden sin dificultad las conversaciones del vecino o se oye su tele sin problemas es que está superando los máximos permitidos. Asimismo, si los ruidos provienen de un piso que está en alquiler, también se puede acudir al propietario de dicho inmueble, quien puede llegar incluso a rescindir el contrato con el/los inquilino/os. Las normativas municipales son concretas respecto a lo que el ruido se refiere. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid divide el día en tres franjas horarias. La primera corresponde con el periodo diurno y discurre desde las 07:00 hasta las 19:00 horas donde no está permitido sobrepasar los 55 decibelios en zonas de uso residencial. El mismo tope que se establece en el periodo de tarde, de las 19:00 a las 23:00 horas. El límite se reduce en 10 decibelios, hasta situarse en los 45 durante las horas nocturnas que se alargan desde las 23:00 hasta las 07:00 horas de lunes a viernes, ampliándose este franja hasta las 08:00 horas los domingos y festivos. De la misma manera, hay una serie de actividades que cuentan con unos horarios más restringidos como son las obras o mudanzas en el domicilio particular. En concreto, la normativa madrileña señala que de lunes a viernes solo se podrán llevar a cabo este tipo de actuaciones desde las 08:00 hasta las 21:00 horas. Y los sábados, domingos y festivos el tiempo se reduce desde las 09:30 hasta las 21:00 horas.Con la Nochevieja a la vista, esta fecha aparece señalada en el calendario para que se den este tipo de situaciones. Son muchas las familias y grupos de amigos que se reúnen en casa para celebrar el comienzo del año. Muchos piensan que esa noche los límites cambian, pero no es así. Según un informe elaborado por la empresa especializada en soluciones acústicas (Aistec), las normativas municipales de las principales ciudades españolas no recogen ninguna variación respecto a cualquier otra noche, exceptuando Sevilla donde se permiten las celebraciones en los días más señalados de Navidad, entre las 00:00 y las 04:00 horas. El problema del ruido puede modularse, que no eliminar, con un buen aislamiento acústico. Aunque tras la aprobación del Documento Básico de Protección Frente al Ruido en 2009, las viviendas de nueva construcción están obligadas a atender criterios acústicos, más de 80% de las casas españolas no cuenta con el aislamiento necesario, según un estudio realizado por la empresa de aislamientos Danosa. En el mismo informe, inciden que el problema de la contaminación acústica aparte de causar molestias sonoras es, también, perjudicial para la salud. La irritabilidad, el estrés, o las alteraciones del sueño son algunos de los efectos. Fuente: EL MUNDO
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 18 de diciembre de 2019
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 17 de diciembre de 2019
La mensualidad del alquiler supone una carga a la que hay que añadirle las facturas de luz, haciendo más difícil llegar a final de mes. En este artículo te enseñamos cómo puedes ahorrar energía y contratar la mejor tarifa para reducir tu factura. ¿Cómo contratar la luz más barata? El Eurostat, servicio de estadística de la Unión Europea lo ha dejado claro. El precio de la luz en España ha batido récords durante el primer semestre de este año. Y su coste se ha elevado más de un 70% en la última década, convirtiendo a España en el país con tercera electricidad más cara de Europa, solo por detrás de Bélgica e Irlanda. Y si comparamos el precio de la factura con el poder adquisitivo de los ciudadanos, España es el segundo país, solo por detrás de la República Checa. Por eso cada vez son más los consumidores que se preocupan de escoger una tarifa económica al contratar la luz y el gas . Pero, ¿cómo hacerlo cuando existen tantas compañías en el mercado? Utilizando un comparador de tarifas para poder saber cuáles son las más baratas antes de contratar la luz y el gas. No olvides que si te has mudado a un piso de alquiler, deberás realizar el cambio de titular con la comercializadora que se haya contratado, ya sea Iberdrola, Endesa u Holaluz. Para hacer el cambio deberás presentar un contrato de alquiler que certifique que vives en el domicilio, además de otros documentos. Consejos para ahorrar energía A continuación te damos una serie de consejos que te ayudarán a ahorrar energía en tu piso de alquiler: ● Apaga los aparatos electrónicos que estén en stand by, ya que aunque parezcan inactivos, siguen consumiendo y pueden disparar el gasto más de un 10%. ● Sustituye la iluminación de tu casa por bombillas LED. Te ayudarán a ahorrar más de un 60% en iluminación con respecto a las bombillas tradicionales incandescentes. Además de que su luz es más intensa, poseen una vida útil mucho más larga. ● Instala un programador en el calentador, para que caliente el agua únicamente a las horas en las que la necesitas, y no durante todo el día, ya que esto genera un gran gasto energético. ● Sécate el pelo antes de usar el secador o la plancha para el cabello, ya que estos aparatos consumen mucha electricidad. ● Acaba con las fugas térmicas instalando ventanas dobles y puertas herméticas. De esta forma impedirás que el frío del exterior se adentre en la casa. ● No olvides apagar las luces cuando no estés en ellas, pero si eres muy despistado puedes probar con los detectores de presencia. De esta forma, cuando no haya nadie, la luz se apagará automáticamente. ● Durante el invierno, la temperatura del aire acondicionado no debería subir de 21ºC, mientras que en verano no debería bajarse de los 24ºC. Si tienes frío o calor puedes cambiar tu vestimenta, ya que cada grado de aumento en el aire acondicionado supone un incremento del 7%. ¿Quieres saber más sobre ahorro energético? Te invitamos a leer otros artículos en la red . Esperamos que gracias a nuestros consejos puedas reducir tu factura energética. Fuente: papernest
Por Dpto. de Comunicación y Redes Sociales 22 de noviembre de 2019
La cubierta es la parte del edificio destinada a protegernos de los agentes externos. Dicha protección debe soportar unas condiciones extremas, que variarán en función del clima de cada zona. Impermeabilizar es una tarea que hay que analizar y te ayudamos con estos consejos a tomar una decisión acertada. No tenemos que pensar cuál es la mejor impermeabilización ya que no existe. Lo que nos debemos preguntar es: ¿Qué impermeabilización me conviene más? Estos son los puntos a destacar para elegir tipo de impermeabilización: El tipo de impermeabilización actual. Tipos de protecciones existentes, sus ventajas e inconvenientes: Protecciones pesadas. L as protecciones pesadas son las más conocidas, que están compuestas por un material pesado que protege la impermeabilización e incrementa el peso de la cubierta. Entre las protecciones más conocidas podemos encontrar: – Capa protectora de mortero – Protección de losas superpuestas – Capa protectora de tierra – Capa protectora de grava Ventajas: la principal ventaja de las protecciones pesadas es que la impermeabilización no queda a la intemperie. Esto hace que esté protegida de los rayos UV, del frío y del calor, alargando la vida de la impermeabilización. Todas las impermeabilizaciones se pueden aplicar tras la retirada de tierra y grava. Inconvenientes: el inconveniente principal de las protecciones pesadas es su precio. En la mayoría de los casos su precio es bastante elevado. Impermeabilizaciones autoprotegidas. Este tipo de protecciones van adheridas al propio soporte, así no hay aumento de peso de la cubierta. Los más usados son: – Láminas asfálticas – Láminas de PVC – Caucho acrílico (líquido) – Poliuretano líquido Ventajas: Su principal ventaja es que son más económicas y mucho más fáciles de reparar si hay zonas dañadas además de su aplicación sobre la impermeabilización ya existente (si está en buen estado). Inconvenientes: Dependiendo del tipo tiene unos inconvenientes distintos. Sistemas de láminas: su principal problema es que no se pueden utilizar para zonas transitables (excepto las asfálticas de pizarra o gofrado). Sistemas líquidos: el mayor problema de estos sistemas es la lluvia. En épocas lluviosas o temperaturas distintas a las indicaciones del fabricante, es muy arriesgado aplicarlos, ya que si hay humedad en el soporte pueden aparecer ampollas en la impermeabilización. Como hemos podido leer, no todos los sistemas valen para todo, por lo que tendremos que elegir un tipo de impermeabilización según el uso de la cubierta. Para las cubiertas no transitables (sólo para mantenimiento) nos decantaremos por sistemas autoprotegidos de láminas asfálticas, sistemas autoprotegidos de láminas de PVC, sistemas de caucho líquido o sistemas de poliuretanos. Por otro lado hay que tener en cuenta algo muy importante: el coste que supone acceder a la cubierta (andamios, acarreos, etc.) para poder realizar dicha impermeabilización. Teniendo en cuenta el coste de andamiaje, habrá que valorar qué sistema conviene más, si el que hay que mantener en periodos de tiempo cortos o el que es más caro pero se accede a él en periodos de tiempo largos. El presupuesto puede oscilar mucho dependiendo del tipo de impermeabilización y las necesidades de cada comunidad de vecinos. Fuente: PlusVecinos
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